Tras estas semanas de incertidumbre, hemos intentado trasmitir en los centros de trabajo toda la información que poseíamos, con la mayor claridad y objetividad que hemos podido.
Hemos recopilado algunas inquietudes a las que vamos a responder. Primero dejaremos claros algunos conceptos.
Que es el SAM?
Es un derecho de todos los/as ertzainas que cumplen 55 años, en el que atendiendo al desgaste lógico por edad y años trabajados en la Ertzaintza, se puede dejar de trabajar el turno de noche sin perder retribuciones. Si se opta por seguir haciéndolas, se recibe un incremento en la productividad en compensación por el esfuerzo. Así mismo se genera una reducción de la jornada anual a todo el Colectivo.
Que son las productividades por absentismo?
Los horarios flexibles, de disposición absoluta o los normalizados, no tienen una compensación en la mayoría de los casos por horas realizadas fuera de su cadencia normal (es decir, por refuerzos o dispositivos fuera de su calendario). Para establecer una compensación, el Acuerdo establece unos pluses de productividad que van vinculados a la presencia (tanto de bajas, como de licencias), que van de 20€ a 65€ al mes según tipo, y que se pierden con un par de días de ausencia.
La sentencia del Tribunal Supremo anula de pleno derecho prácticamente la totalidad de los artículos que regulan lo anterior. Nadie puede acogerse ya a estos derechos.
El Departamento, en aplicación de la sentencia, ha pasado a impedir que ningún ertzaina mayor de 55 pueda dejar de hacer noches, ya no paga el suplemento a los que sí las hacían, y las horas de reducción que por derecho les correspondían las ha anulado.
De la misma manera ha dejado de pagar las productividades a los horarios sin turnicidad.
En resumen, casi 5000 ertzainas han visto recortados los derechos que les otorgaba el Acuerdo Regulador firmado y avalado por los trabajadores (en caso de ErNE fue sometido a consulta a todos sus afiliados/as).
Y ahora que?
A parte de lo anterior, la amenaza de que la aplicación de la sentencia por parte del Departamento pueda tener efecto retroactivo y obligue a devolver lo cobrado los últimos años por estos 5000 ertzainas y jubilados está ahí y es motivo de valoración por cualquiera que sepa un mínimo de derecho y se haya leído la sentencia. Las consecuencias de la sentencia pueden ser mucho más lesivas todavía, en función de lo que decida el Departamento y su gabinete jurídico.
Que vamos a hacer?
En ErNE hemos establecido diferentes frentes en defensa de los intereses de los ertzainas:
· Nuestros servicios jurídicos llevan tiempo buscando la forma de recurrir esa sentencia (desde el 2020 que se pronunció el TSJPV) en el caso de que como ha sucedido, el Supremo la ratificase. En este caso, el recurso al Tribunal Constitucional a dicha sentencia y la paralización cautelar de sus efectos está ya en marcha.
· Desde el día siguiente al conocimiento de la sentencia hemos tenido contactos con el Departamento en los que le instamos a que, dentro de las negociaciones de Acuerdo Regulador que ya habíamos iniciado, aparte de mejorar las condiciones de todos los/as ertzainas (refuerzos, nocturnos…), se incluyeran los aspectos que la sentencia anula para dar solución a la perdida de derechos que esta suponía. Ningún Acuerdo nuevo puede suponer un retroceso respecto a acuerdos anteriores. Eso (creemos), lo entiende todo el mundo.
· En el caso de que la sentencia derive en que el Departamento exija la devolución de lo cobrado, los servicios jurídicos de ErNE habilitarían la forma de recurrir la pérdida patrimonial que eso produciría en los/as ertzainas.
· Hemos comenzado una serie de movilizaciones que avanzarán hacia el escenario que nos marque el Departamento. Nos van a tener enfrente en la calle.
· Información y objetividad. Al margen de todo el “ruido” que se está produciendo alrededor, intentando posicionar y enfrentando a los/as ertzainas, en ErNE hemos optado desde el principio por exponer los hechos de forma clara y que cada cual saque conclusiones. Los únicos perdedores en ese confrontamiento somos nosotros mismos, los/as ertzainas. Eso no significa que no tengamos claro que perder derechos y no ganar nada es eso.
Perder para todos.
Podemos todos los ertzainas solicitar el cobro de esos pluses cobrados durante los últimos años?
Desde nuestros servicios jurídicos se interpreta que la sentencia no habla en ninguno de sus términos de nada parecido. ANULACION DE PLENO DERECHO de los que si se benefician de estos derechos. La sentencia no pide equiparación ni igualdad, como tampoco lo pide la demanda, siendo un despropósito precisamente por eso.
Dicho lo anterior, y en espera de cómo afronta el Constitucional nuestro recurso de paralización de sentencia, en el caso de que hubiese alguna posibilidad de algún tipo de indemnización para cualquiera, al igual que paso con los días de antigüedad o los particulares, nosotros estaremos preparados para ejecutar las acciones legales oportunas. Lo dicho anteriormente, ya hemos perdido derechos suficientes. Hay plazo y las acciones legales, hechas sin conocimiento y sin criterio, generan consecuencias que luego cuesta mucho suturar.