RESUELVO
PRIMERO.- SUPUESTO DE HECHO
Cuando para la prestación de funciones de investigación de guardia en las Unidades de Protección Ciudadana, se produzcan déficits de personal que sea urgente atender, y no sea posible a través de los mecanismos ordinarios dentro de la propia Unidad, establecidos en los artículos 20, 23 y 27 del Decreto 4/2012, de 17 de enero, que aprueba el Acuerdo Regulador de Condiciones de Trabajo del Personal de la Ertzaintza, podrá disponerse la asistencia al trabajo de personal funcionario de carrera de la Ertzaintza en día libre o previsto de descanso, perteneciente a otras Unidades distintas de aquella en que surge la necesidad.
SEGUNDO.- CONSTITUCIÓN DE LOS LISTADOS
El personal voluntario, será relacionado y clasificado por categorías ( agente, agente 1 ° y suboficial), en tres ámbitos de actuación, correspondientes a cada Territorio· Histórico.
CUARTO.- SOLICITUD
- Los interesados e interesadas deberán presentar en la oficina de Recursos Humanos de su Centro de destino solicitud en el modelo establecido.
- Esta manifestación de voluntad se podrá realizar a lo largo del año, en una única ocasión cada ejercicio; una vez tramitada vinculará para todo el ejercicio. La solicitud,. que no precisa ser aceptada, se integrará en una aplicación informática.
Para ejercicios posteriores, en tanto no se presente la solicitud de baja, se permanecerá en el listado, mientras se cumplan los requisitos.