El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado sentencia a favor del Departamento de Seguridad- Esan desestimando TODOS los argumentos del Sipe.
Nos hemos tenido que enterar de la existencia de esta sentencia fechada el 25 de octubre de 2022 (HACE 5 MESES) y ocultada por todas las partes (Sipe, Esan y Departamento) en el acto del primer juicio que se celebraba por la negativa a encuadrar a las promociones que cumplieron los requisitos de antigüedad durante el año 2022 (19, 23 y 26 promoción).
El Sipe recurrió los siguientes artículos del Decreto de CARERA PROFESIONAL:
- Articulo 5.3 párrafos segundo y tercero. Sorprendentemente el Sipe continúa solicitando que el periodo de formación en la Academia no se considere como efectivamente trabajado como ya hicieron y ganaron con otro recurso anterior. Esta vez, el TSJPV no les da la razón y dice que a efectos de la Carrera Profesional ha de considerarse como trabajado a todos los efectos.
- Articulo 8. En relación a cuando se cumple el requisito de antigüedad para poder encuadrarse durante el periodo de implantación, este es el punto que afecta a las promociones que cumplieron la antigüedad durante el año 2022 (19, 23 y 26 promoción) y a los que el Departamento-Esan deniega su encuadramiento. El Tribunal establece que dicha denegación está bien aplicada porque tiene encaje en el texto pactado por Esan. Aun así, hoy se ha celebrado nuestra primera vista con este asunto y veremos que establece la sentencia, pero el asunto se ha complicado mucho con esta sentencia del TSJPV que ha aportado el Departamento, por no decir que es prácticamente imposible.
- Articulo 10.2 sobre los integrantes del comité de seguimiento del Decreto de Carrera profesional.
Resulta increíble que, Esan y Sipe, teniendo conocimiento de esta Sentencia dictada hace cinco meses y que es de indudable interés para los ertzainak la hayan mantenido oculta.
De todas formas, esta Sentencia no interfiere en la mayor parte de los argumentos esgrimidos por ErNE en nuestro Recurso contra el Decreto de Carrera Profesional, que se encuentra a la espera de Sentencia del TSJPV y que en su mayor parte están relacionados con las discriminaciones que sufrimos con respecto a otros colectivos y a toda la valoración que se hace del absentismo.
Os mantendremos informados, ganemos o perdamos.
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PROMOCIÓN 19 – Tendría que haber pasado del Nivel II al III, pérdidas anuales de +- 742 €
PROMOCIÓN 23 - Tendría que haber pasado del Nivel I al II, pérdidas anuales de +- 530 €
PROMOCIÓN 26 – Tendría que haber entrado en el Nivel I, pérdidas anuales de +- 1378 €
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